Los bienes inmateriales pueden darse en garantía en operaciones de financiación en un contexto internacional. Sin embargo, la operación presenta diversas dificultades, a causa de que los derechos y garantías se encuentran situados desde el punto del Derecho internacional privado en distintos Estados. Ofrece las claves para determinar el régimen jurídico aplicable a las operaciones garantizadas con bienes inmateriales. Valora en qué medida son relevantes las normas relativas a la protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual. En un mundo globalizado, se amplían las perspectivas de financiación cuando pueden servir como garantía real los bienes inmateriales. Destinado Despachos de abogados y expertos y empresas en el ámbito de la propiedad industrial e industrial. Extracto: La presente obra trata de ofrecer las claves para determinar el régimen jurídico aplicable a las operaciones garantizadas con bienes inmateriales, así como valorar en qué medida son relevantes las normas relativas a la protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual. Se realiza un análisis pionero en Derecho comparado de estas operaciones de garantía en distintos ordenamientos jurídicos. La posibilidad de otorgar en garantía los derechos de propiedad industrial e intelectual se encorseta en regímenes nacionales que no facilitan el tráfico económico, por lo que las sociedades titulares de tales derechos pierden la oportunidad de acceso a una financiación crediticia en mejores condiciones. Sin embargo, en un mundo globalizado, se amplían las perspectivas de financiación cuando pueden servir como garantía real los bienes inmateriales. |